Comunidades de Usuarios

En esta sección se colgarán las publicaciones de convocatoria de Juntas Generales de Comunidades de Usuarios conforme el art. 201 del Reglamento del DPH

1. Para la constitución de una Comunidad de usuarios, la persona que éstos designen, o, en su defecto, el alcalde de la población en cuyo término radique la mayor parte del aprovechamiento convocará a Junta general a todos los interesados, al menos, con quince días de antelación. La convocatoria se hará, al menos, por medio de anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”, y su exposición en el portal de internet del organismo de cuenca, y, cuando así lo estime conveniente el organismo de cuenca, mediante edictos municipales, señalando el objeto, local, día y hora en que ha de celebrarse la Junta, para decidir sobre la constitución y características de la comunidad.

CUAS FECHA ANUNCIO
ÓRBIGO ERIA 22 de Marzo de 2024 PDF
TIERRA DE CAMPOS 22 de Marzo de 2024 PDF
ARROYO DEL PONTON 19 de Abril de 2024 PDF
BAJO DUERO II 29 de Abril de 2024 PDF