Entidades colaboradoras

Las entidades colaboradoras de la administración hidráulica (ECAH) son entidades públicas o privadas que, mediante la obtención del título correspondiente, están autorizadas para desempeñar labores de apoyo a la administración hidráulica en materia de control y vigilancia de la calidad de las aguas y de gestión de vertidos al dominio público hidráulico.

En el artículo 3 de la ORDEN MAM/985/2006, de 23 de marzo, se determina que las entidades colaboradoras estarán habilitadas, con carácter exclusivo, para la certificación de los datos a que se refiere el artículo 101.3 del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y para la verificación del cumplimiento de las condiciones de vertido establecidas en las autorizaciones que se hubiesen otorgado, en cuanto a:

  1. La adecuación de las instalaciones de depuración y de los elementos de control de su funcionamiento, a las normas y objetivos de calidad de las aguas.
  2. El cumplimiento de las características cualitativas y cuantitativas de los vertidos.

El listado actualizado de entidades colaboradoras se puede consultar a través de la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, que también dispone de una aplicación para la búsqueda de entidades colaboradoras: