La CHD agradece la colaboración y el entendimiento con la Mancomunidad de la Mujer Muerta

La CHD agradece la colaboración y el entendimiento con la Mancomunidad de la Mujer Muerta

• Sus municipios comparten un tramo de la tubería desde Puente Alta hasta El Espinar, aunque sólo de manera puntual ya que cuentan con una red principal de abastecimiento

9 julio 2025

La Confederación Hidrográfica del Duero (CHD) destaca y agradece el carácter de entendimiento y de colaboración de la Mancomunidad de la Mujer Muerta tras la reunión que mantuvieron ayer la presidenta, María Jesús Lafuente, y el director técnico en funciones, Carlos Galicia, con su presidente, Rafael Encinas y la técnica de Medio Ambiente, Rita Rodríguez. Bajo un clima cordial y positivo, los cuatro representantes trataron sobre el abastecimiento de agua a los integrantes de la Mancomunidad, una vez que se pueden ver afectados por las actuaciones de emergencia que se están llevando en la presa de El Tejo.

Cabe recordar que esta Mancomunidad comparte el tramo inicial de la tubería que comunica Puente Alta con la red principal de El Espinar, que suministra a un total de 4 municipios. Sin embargo, esta explotación se hace parcialmente y de manera ocasional ya que supone una alternativa a su abastecimiento principal e independiente para los cerca de 2.000 residentes en Navas de Riofrío, Ortigosa del Monte, Otero de Herreros y La Losa.

La CHD se encarga de rehabilitar la tubería para obtener un bombeo compatible para el servicio existente de la Mancomunidad y El Espinar. Dado que este bombeo puede alterar el funcionamiento de la tubería, es necesario aportar una solución estructural paralela para permitir que el funcionamiento habitual sea mantenido. La red paralela está presupuestada alrededor de los 500.000 euros y el Organismo ha adquirido el compromiso de abordar la “Obra de reposición o servicios” que se ejecutará facilitando toda la información al momento.

La CHD destaca el excelente conocimiento que los representantes de la Mancomunidad tienen sobre su red de abastecimiento y de todos los detalles que afectan a la tubería que suministra a sus municipios. La CHD se comprometió a lograr que cualquier actuación que se esté realizando en la tubería venga acompañada del conjunto de actuaciones necesarias para que el servicio que tiene garantizado se mantenga al cien por cien. En caso de que eso implique la realización de una red independiente para cubrir la parte de tubería, la CHD se compromete de alguna forma a desarrollarla en el futuro.

Como consecuencia de este encuentro, la Mancomunidad informará a la CHD de todas las afecciones que pueden alterar el funcionamiento de su red para tratar de resolverlas de la manera más rápida posible.

No obstante, hay que destacar que la Mancomunidad cuenta con dos fuentes de abastecimiento que permiten atender a sus habitantes, a diferencia del municipio de El Espinar, que carece de abastecimiento alternativo pese a tratarse de una competencia municipal. Una irresponsabilidad que se pone en evidencia desde hace décadas.

Estado de la alternativa de suministro desde Puente Alta

Desde el lunes 7 de julio de 2025, tal y como se informó en la nota de prensa emitida por el Organismo, ya se encuentra disponible el agua procedente de Puente Alta para su suministro a la red de El Espinar. Desde ese momento, se están realizando pruebas del correcto funcionamiento global del sistema (tubería reparada y red municipal), habiéndose logrado ya transportar agua a los depósitos municipales por medio de la red del consistorio.

La capacidad máxima teórica de impulsión de la tubería rehabilitada por el Organismo de cuenca es de 128 l/s, lo que supone un total diario de 11.040 m3 y previsiblemente permitirá cumplir con las demandas tanto del municipio de El Espinar como de la Mancomunidad.

Respecto a la intención del consistorio de priorizar el uso del agua embalsada en El Tejo durante el verano y retrasar el recurso al embalse de Puente Alta, este organismo recuerda que sus actuaciones se fundamentan en el Real Decreto 264/2021, de 13 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas de seguridad para presas y embalses. Según el apartado tercero del Anexo III:

“A lo largo de esta fase de la vida de la presa se tendrá presente, en todo momento, que ante el conflicto que pudiera presentarse entre las exigencias de seguridad y las alternativas de explotación u otros requerimientos, serán los criterios de seguridad de la presa y el embalse los que prevalezcan sobre cualquier otro aspecto.”

Por tanto, cualquier decisión respecto al uso del embalse de El Tejo deberá atender prioritariamente a criterios de seguridad técnica, pero el abastecimiento desde Puente Alta es suficiente para atender las necesidades del municipio durante todo el verano. La cantidad de agua suministrada variará en función de la demanda y se mantendrá mientras duren las actuaciones en El Tejo.

Competencia municipal irrenunciable

En relación con la autonomía de los depósitos municipales, el 26 de mayo de 2025, fuentes del Ayuntamiento de El Espinar comunicaron por escrito al CECOPI que, ante un corte del sistema Tejo–Vado de las Cabras, el municipio dispondría únicamente de agua para 5 horas, transcurridas las cuales se quedaría sin suministro. Aunque el abastecimiento es una competencia municipal irrenunciable —como establece el artículo 25 de la Ley de Bases de Régimen Local— este Organismo está trabajando para poner en marcha la nueva fuente de suministro que debería haber estado ya habilitada desde hace décadas. Además, se considera que la autonomía de un municipio frente a un corte de suministro debe ser, como mínimo, de 24 horas durante los periodos de máxima demanda.

Por último, la CHD confirma que, aunque se han realizado trabajos y estudios iniciales en la presa de El Tejo, aún no se puede concretar el estado de la presa. Será la futura revisión extraordinaria de la seguridad de la presa la que permitirá definir el estado de la infraestructura y planificar las actuaciones futuras.

No obstante, esto no supone que el Ayuntamiento de El Espinar pueda exigir o requerir a la Confederación Hidrográfica del Duero que asuma el suministro de agua para el abastecimiento que le compete. Las entidades municipales no pueden rehuir de los gastos y responsabilidades que presupone el mantenimiento y explotación de las infraestructuras necesarias para el abastecimiento.

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