Declaraciones de impacto ambiental
La normativa aplicable a la evaluación de impacto ambiental de proyectos se recoge en el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. El órgano ambiental (el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino en los casos en los que la Confederación Hidrográfica del Duero actúa como órgano sustantivo o promotor) formula una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) que se publica en el BOE.
La declaración de impacto ambiental determinará, a los solos efectos ambientales, la conveniencia o no de realizar el proyecto, y en caso afirmativo, fijará las condiciones en que debe realizarse. Se concibe la evaluación como un proceso que se inicia con la definición genérica del proyecto que se pretende realizar y culmina con la declaración de impacto que formula el órgano ambiental, en la que se recogen las condiciones que deben establecerse en orden a la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales
A continuación se recogen Declaraciones de Impacto Ambiental correspondientes a proyectos de este Organismo incluidos en los Anexos I y II de la Ley 1/2008 y que por tanto han sido sometidos a Evaluación de Impacto Ambiental.
En la siguiente tabla se recogen proyectos promovidos por partículares en el ámbito de la cuenca del Duero incluidos en los Anexos I y II de la Ley 1/2008 y que por tanto han sido sometidos a Evaluación de Impacto Ambiental.