EPRI - Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (Tercer Ciclo)
En cumplimiento del mandato establecido en la Directiva 2000/60/CE -Directiva Marco del Agua (DMA)- establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas y la Directiva 2007/60/CE de Evaluación y Gestión del Riesgo de Inundación, introduce nuevos criterios a tener en cuenta para la protección del dominio público hidráulico y para la gestión del riesgo de inundaciones para la protección de personas y bienes.
Esta Directiva obliga a los estados miembros a la realización de las siguientes tareas en los horizontes temporales señalados:
- Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (EPRI) y la Identificación de las Áreas con Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI). Diciembre de 2011, actualizándose a más tardar en diciembre de 2018 y a continuación cada 6 años.
- Elaboración de Mapas de Peligrosidad (alta, media y baja probabilidad de inundación) y de Mapas de Riesgo (vulnerabilidad por nº de habitantes afectados, actividad económica, instalaciones industriales, patrimonio cultural etc). Diciembre de 2013, actualizándose a más tardar en diciembre de 2019 y a continuación cada 6 años.
- Planes de Riesgo (de todas las ARPSI seleccionadas en la EPRI), que incluyen los programas de medidas que cada una de las administraciones debe aplicar en el ámbito de sus competencias para alcanzar el objetivo previsto de reducir las consecuencias negativas producidas por las inundaciones. Diciembre de 2015, actualizándose a más tardar en diciembre de 2021 y a continucaión cada 6 años.
Para materializar todo ello, se elabora un Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SNCZI), que establece la zonificación de zonas inundables de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 9/2008, de 11 de enero y el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de "evaluación y gestión de riesgos de inundación" por el que se regulan los procedimientos para realizar la evaluación preliminar del riesgo de inundación, los mapas de peligrosidad y riesgo y los planes de gestión de los riesgos de inundación en todo el territorio español.
Tercer ciclo: CONSULTA PÚBLICA
Transcurridos seis años desde la última revisión y actualización de la EPRI (Enlace a EPRI 2º Ciclo) y en aplicación de la Disposición transitoria primera del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de Evaluación y Gestión de Riesgos de Inundación, la Confederación Hidrográfica del Duero ha realizado la revisión y actualización de la EPRI de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Duero correspondiente al tercer ciclo de la Directiva de Inundaciones.
Asimismo, y siguiendo el procedimiento administrativo derivado del artículo 7 del citado Real Decreto 903/2010, se somete a Consulta Pública por un plazo de 3 meses tras su publicación en el BOE (Enlace publicación BOE 2 septiembre).
Dentro de ese plazo, se podrán realizar aportaciones y formular las observaciones y sugerencias que se estimen convenientes dirigidas por escrito a la Confederación Hidrográfica del Duero, Calle Muro, Nº5, 47004 Valladolid o utilizando cualesquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A tales efectos, se expone en esta página WEB la documentación de la Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Duero correspondiente al tercer ciclo de la Directiva de Inundaciones: