Evaluación ambiental estratégica de planes y programas

La normativa aplicable a la Evaluación Ambiental Estratégica de Planes y Programas está basada en la Directiva 2001/42/CE, transpuesta por la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados Planes y Programas en el Medio Ambiente.

La evaluación ambiental estratégica es un instrumento de prevención que permite integrar los aspectos ambientales en planes y programas públicos.

Serán objeto de evaluación ambiental estratégica:

  • Planes y programas que darán lugar a proyectos con la obligación de ser sometidos a evaluación de impacto ambiental
  • Los que requiera la normativa de la red Natura 2000.

La evaluación ambiental estratégica se integra en el procedimiento administrativo de aprobación del plan o programa, incorporando al mismo las siguientes actuaciones:

  • Elaboración de un informe de sostenibilidad ambiental
  • Celebración de consultas a administraciones afectadas y público interesado.
  • Los planes y programas que establezcan el uso de zonas de reducido ámbito territorial, las modificaciones menores de planes y programas y los planes y programas distintos a los anteriores, tras un análisis previo en el que se determine que es posible que tengan efectos significativos sobre el medio ambiente.
  • Elaboración de una memoria ambiental.
  • Consideración de lo anterior en la aprobación del plan o programa.

Los procesos de evaluación ambiental estratégica de planes promovidos por esta Confederación Hidrográfica del Duero se han documentado en esta página web junto con los citados planes, dentro de la sección de Planificación.