Por
Decreto 154/1991 de 13 de junio, el Canal de Castilla fue declarado como Bien de Interés
Cultural, con la categoría de
Conjunto Histórico. En el proyecto queda reflejado como tal. También posee unas
Normas Reguladoras (Plan Regional del Canal de Castilla) a las que debe ceñirse toda actuación que pudiera afectar a la infraestructura hidráulica. Fruto de la Declaración como Bien de Interés Cultural, el Canal está afectado por la
LEY 16/1985, DE 25 DE JUNIO, DEL PATRIMONIO HISTÓRICO ESPAÑOL, cuyo objeto es completar la acción vigilante con el estimulo educativo, técnico y financiero, en el convencimiento de que este patrimonio histórico se defiende mejor cuanto más lo estiman las personas que conviven con él, pero también cuantas más ayudas se establezcan para atenderlo, con las lógicas contraprestaciones hacia la sociedad cuando son los poderes públicos quienes facilitan aquéllas.
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